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Con carácter anual, el Gobierno establece una serie de bases de cotización máximas y mínimas, de acuerdo a las distintas categorías de profesionales y las diferentes contingencias, a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Estas bases de cotización se actualizan periódicamente para garantizar el mantenimiento de las coberturas sociales, y equiparar su cuantía al valor de las jubilaciones futuras.

El importe a abonar a la Seguridad Social se conoce bajo el nombre de cuotas, y la cifra se calcula al aplicar el tipo de cotización correspondiente a la contingencia protegida, a la base de cotización del trabajador. Cabe destacar, que la base para cubrir los accidentes de trabajo y contingencias profesionales también se empleará para calcular la cotización por Desempleo, Formación Profesional y Fondo de Garantía Salarial.

Base máxima de cotización para 2018

Según el Proyecto de Orden que fija la base máxima de cotización, el importe de 2018 se mantendrá estable al igual que el año anterior en 3.751,2 euros. Algo diferente sucede en el caso de la base mínima, tal y como veremos a continuación.

Base mínima de cotización para 2018

Se espera que durante este año 2018, la base mínima de cotización aumente en el mismo porcentaje que el salario mínimo interprofesional, es decir, un 4% sobre el importe del año anterior. Esta subida del salario mínimo supone que la base mínima de cotización aumente en contingencias comunes a 1.199 euros para profesionales ingenieros y licenciados.

En el caso de subalternos, auxiliares administrativos, ayudantes sin titulación y oficiales, la base mínima ascenderá hasta los 858,6 euros mensuales frente a los 825,6 euros, cifra anterior.

Un caso especial lo ocupan el Régimen de Trabajadores Autónomos (RETA), que requiere de un sistema de bases de cotización diferentes a los profesionales por cuenta ajena. En este caso, se establece un importe de base máxima de cotización en 2018 de 3.751,2 euros al mes y 919,8 euros como base mínima.

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