A diferencia del ERE de extinción, que tiene carácter definitivo, el ERE temporal es un tipo de expediente de regulación de empleo con carácter limitado. Una vez acreditadas las pertinentes causas económicas, técnicas, organizativas o de producción para justificar un ERE, el empresario puede suspender el contrato o reducir la jornada de sus trabajadores por un tiempo limitado para superar sus problemas económicos. ¿Pero cuáles son los derechos del trabajador ante un ERE temporal? Descúbrelos.
¿Cómo afecta el ERE a un trabajador temporal?
El trabajador que se vea afectado por un ERE temporal puede solicitar una ayuda para desempleados de carácter contributivo si cumple diversos requisitos. Estos requisitos incluyen haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años o, en caso de reducción de jornada, que esta sea entre un 10 y un 70 por ciento de la jornada total e implique una disminución del salario.
Sin embargo, en lo que se refiere al período de cotización de 360 días en los últimos seis años, el trabajador seguirá teniendo derecho a subsidio de desempleo pese a incumplir este requisito si no tiene rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
El importe de esta prestación por desempleo será del 70% de la base reguladora los seis primeros meses y el 50% a partir del séptimo mes. Por otra parte, al contrario que en el ERE de extinción, en el ERE temporal el trabajador no tiene derecho a ningún tipo de indemnización.
Calculadora de ERTE con reducción de jornada
¿Siempre se tiene derecho a una indemnización?
La verdad es que no. La indemnización por despido tiene lugar cuando la empresa debe pagar al trabajador/a porque se ha extinguido la relación laboral, aunque existan motivos justificados.
Solo se tiene derecho a recibir una indemnización por despido en el caso de que la empresa finalice la relación laboral de forma unilateral. En el caso de que la empresa presente un ERE de suspensión de trabajo o de reducción de jornada, el trabajador NO tiene derecho a recibir ningún tipo de importe en concepto de indemnización, puesto que la relación laboral no se extingue, sino que permanece suspensa.