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La principal gestión que suele llevarse a cabo en las oficinas de empleo es la de inscribirse como demandante de empleo para posteriormente solicitar la prestación por desempleo. Esto ocurrirá cuando nos hayamos quedado sin trabajo, ya sea porque se ha terminado el contrato laboral que teníamos suscrito con la empresa o porque nos han despedido. Así pues, ¿qué documentos debes llevar a la oficina de empleo? La respuesta que buscas, a continuación.

¿Qué necesito llevar al SEPE?
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Hay que tener en cuenta que, si hemos sido nosotros los que hemos renunciado al trabajo, o a lo que estamos renunciando es a una renovación de un contrato temporal, no podremos cobrar esta ayuda para desempleados. Si es tu caso y te has quedado sin trabajo por causas ajenas a ti, es importante que sepas que este tipo de gestión debe hacerse antes de que transcurran 15 días hábiles desde el momento del despido. Además, tendrás que acudir a la cita con toda la documentación necesaria. Con el objetivo de que no se te olvide nada, te contamos a continuación qué tienes que llevar a tu cita con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

¿Qué necesito llevar a la oficina de empleo?

Básicamente, los documentos que tendrás que llevar son todos los referentes a tu identificación, tu paso por la empresa y tu situación económica, así como los necesarios para formalizar la demanda. Así, no olvides llevar:

1. Modelo de solicitud de la prestación por desempleo

Es absolutamente necesario si quieres cobrar la prestación por desempleo, y lo puedes solicitar en las mismas oficinas. Deberás entregarlo totalmente cumplimentado con todos los datos que se solicitan.

2. El Documento Nacional de Identidad (DNI)

En el caso de los españoles, y el pasaporte o la Tarjeta de Identidad de Extranjero (NIE) en el caso de las personas extranjeras. Asimismo, también será válido el Libro de Familia o el documento equivalente para personas procedentes de otros países diferentes a España.

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3. El certificado de empresa

El certificado de empresa se puede obtener de dos formas. Por un lado, y si la última empresa en la que has trabajado está registrada en el Sistema de Remisión Electrónica de Documentos (RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social, no será necesario que le pidas el documento, pues el SEPE contará con él de forma automática. De lo contrario, si la empresa no lo ha remitido correctamente, lo tendrás que presentar tú cuando acudas a la cita. Este documento es necesario para calcular el importe de tu prestación, pues acredita tu cotización durante los seis meses anteriores.

4. La cuenta bancaria

En la que querrás que se te ingrese cada mes el importe de la prestación por desempleo. Un documento que acredite que eres el titular de la cuenta bancaria que has indicado. Puede ser un recibo, un extracto bancario o un justificante, pero en cualquier caso será necesario, pues nadie que no seas tú podrá ser el receptor de la prestación.

5. Justificante de los ingresos percibidos durante el mes anterior a la solicitud de la prestación

Este documento será necesario solo en el caso de que se indique que se tienen hijos menores o personas dependientes a cargo, o bien si lo que se está solicitando es el subsidio por desempleo o cualquier otra ayuda o subvención.

En los casos especiales, como son los de personas discapacitadas, expresidiarios o emigrantes, será necesario que acrediten, con la documentación correspondiente, su situación en el momento de solicitar la prestación.

Además de todo lo comentado, mientras se esté cobrando la prestación por desempleo será necesario informar al SEPE en todo momento de cualquier cambio en nuestra situación económica. Esto quiere decir que, por ejemplo, si tenemos hijos o incluso si nos cambiamos de residencia, se lo deberemos comunicar lo antes posible.

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