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A grandes rasgos, los contratos pueden ser de dos tipos: contratos temporales y contratos indefinidos. En el primer caso, la empresa contrata al trabajador para un determinado periodo de tiempo, mientras que los contratos indefinidos ofrecen las condiciones necesarias para una incorporación permanente a la compañía. No obstante, dentro de estas dos grandes categorías encontramos diversos tipos de contrato de trabajo dependiendo de otros factores.

[Actualizado con la reforma laboral de 2022]

Tipos de contratos de trabajo
Tero Vesalainen || Shutterstock

En este artículo destacaremos seis tipos de contratos laborales, con condiciones y requisitos concretos, pero existen más. Todas las variables del contrato laboral se pueden consultar en la web del Ministerio de Trabajo.

1. Contrato a tiempo parcial

Su principal característica es que el número de horas de trabajo del empleado no puede superar el máximo establecido por convenio colectivo o la jornada máxima legal. En el caso de España, la jornada laboral tiene un máximo de 40 horas semanales.

Este contrato debe dejar claras las horas y los días en que se prestarán los servicios. De no ser así, legalmente constará como un contrato a jornada completa.

El trabajador fijo-discontinuo

En cuanto a la duración, el contrato parcial puede ser temporal o indefinido. En cualquiera de los casos se puede concertar un contrato fijo-discontinuo para trabajar sólo durante periodos determinados, y no todo el año. Por ejemplo, un hotel que contrata a sus camareros en condición de fijo-discontinuo los llamará cada verano durante la temporada alta. En caso de que la empresa no convoque a los trabajadores, éstos podrán reclamar por despido ante la jurisdicción social.

2. Contratos formativos

Existen dos tipos de contratos de formación si tienes dudas puedes emplear un software de gestión de contratos, dependiendo de si se recurre a un convenio de prácticas en empresa por medio del centro de estudios o no.

Contrato en prácticas

En este caso, la empresa contrata a un trabajador joven, graduado hasta cinco años antes, y le ofrece un contrato de entre seis meses y dos años. En este caso, no hay intervención por parte del centro de estudios, y las condiciones del puesto se estipulan entre trabajador y empresa.

El salario en las prácticas de empresa no puede ser inferior al 60% del mínimo establecido por convenio, y el periodo de prácticas no se excederá de dos meses en el caso de estudiantes universitarios o un mes para estudiantes de FP.

Contrato para la formación y el aprendizaje

Las prácticas por convenio, o becas de empleo, cuentan con la mediación del centro de estudios (Universidad o FP). No siempre son remuneradas, aunque desde 2019 todos los estudiantes en prácticas tendrán que estar dados de alta en la Seguridad Social.

3. Contratos de interinidad o de sustitución

Estos acuerdos sirven para la sustitución de trabajadores de baja o en excedencia, con derecho a la reserva del puesto de trabajo. La duración es limitada: en caso de cobertura de una baja o excedencia, se extingue el contrato al reincorporarse la persona ausente. En caso de que el trabajador interino cubra un puesto durante un proceso de selección, la duración máxima de su contrato será de 3 meses.

¿Qué pasa si no se firma un contrato de trabajo?
fizkes || Shutterstock

4. Contratos por obra o servicio determinado

En este caso, la empresa contrata al trabajador para un servicio puntual que no realiza habitualmente. Sería apropiado, por ejemplo, para una discoteca que celebra una fiesta en la playa y necesita aumentar su plantilla durante este periodo limitado de tiempo. Este servicio no prevé repetirse ni forma parte de las competencias regulares de la empresa.

5. Contrato eventual por producción

Parecido al anterior, el contrato eventual por circunstancias de la producción es un contrato temporal para afrontar un aumento en el volumen de trabajo por una circunstancia determinada. Por ejemplo, podría ser adecuado para un hotel que ve aumentar sus huéspedes a raíz de un evento especial que se celebra en la ciudad. En este caso no se trata de la temporada alta periódica, ni tampoco de un servicio nuevo de la empresa, sino de una subida inesperada en el nivel de trabajo.

6. Contrato indefinido

Probablemente el más buscado por los trabajadores porque les ofrece un trabajo permanente. No existen requisitos particulares para celebrar este tipo de contrato. El periodo de prueba jamás deberá excederse del máximo establecido, que varía entre 2 y 6 meses según la formación del empleado.

El salario deberá ser siempre igual o superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

La reforma laboral de 2022: formación y regularización

Reforma laboral de 2022

Con la entrada en vigor de la reforma laboral de 2022 se establece como objetivo satisfacer la demanda de información por parte de los usuarios y simplificar los modelos de contrato. Así pues, en la actualidad solo existen 4 tipos de contrato: indefinido, temporal, formación en alternancia y formativo para la obtención de la práctica profesional.

Modalidad de contrato indefinido

Se da sin establecer límites de tiempo para la prestación de los servicios, por lo que el contrato no tiene una duración determinada. Podrá ser tanto verbal o escrito y se podrá celebrar a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

Modalidad de contrato temporal

Cuenta con una duración determinada y solo se puede celebrar en circunstancias de la producción o por sustitución de la persona trabajadora. También se podrá celebrar a jornada completa o parcial y podrá ser verbal cuando la duración del contrato por circunstancias de la producción sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa.

Modalidad de formación en alternancia

El objetivo de este tipo de contrato es el de compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o el catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

Modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional

Este contrato se celebrará con el objetivo de permitir la obtención de la práctica profesional relacionada al nivel de estudios o de formación objeto del contrato. La empresa ha de elaborar un plan formativo individual para el trabajador/a en el que se especifique el contenido de la práctica. Además, se asignará un tutor o tutora que cuente con la formación y experiencia para poder seguir y evaluar el correcto cumplimiento del contrato.

  • http://www.ipyme.org/es-ES/ContratacionLaboral/TipoContrato/Paginas/Tiposdecontratodetrabajo.aspx
  • http://iabogado.com/guia-legal/en-el-trabajo/el-contrato-de-trabajo-y-sus-tipos#10020600000000
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