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La jornada de trabajo o jornada laboral es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado.

Características de la jornada de trabajo en España

En España la jornada de trabajo está regulada por el Art. 34 del Estatuto de los trabajadores y por lo que dispongan los Convenios Colectivos que les afecten. Según este artículo:

  • La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
  • Mediante convenio colectivo, o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en esta Ley.
  • Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.
  • Los trabajadores menores de dieciocho años no podrán realizar más de ocho horas diarias de trabajo efectivo, incluyendo, en su caso, el tiempo dedicado a la formación y, si trabajasen para varios empleadores, las horas realizadas con cada uno de ellos.
  • El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquella.

En este sentido, los trabajadores para conocer sus derechos y sus obligaciones pueden calcular su jornada laboral de modo que puedan tener conocimiento del tiempo trabajado o que trabajarán en el ejercicio de su actividad para una entidad, ya sea pública o privada. Mediante este cálculo, el trabajador o trabajadora será conocedor de haber excedido o no el máximo de horas anuales permitido para trabajar, en cuyo caso, el empleado debería recibir una compensación por parte de la empresa.

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