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El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 58, establece las circunstancias en las que un trabajador puede ser sancionado por su empresa, ya sea de forma leve o de forma grave, algo que tendrá que determinar la autoridad correspondiente y que podrá estar matizado en cada uno de los convenios colectivos.

Las sanciones derivadas de las acciones que se consideran sancionables por la empresa pueden ser de diferentes niveles, en función de su gravedad. Así, las faltas leves se podrán sancionar con una amonestación, verbal o escrita, o con hasta 2 días de suspensión de empleo y sueldo. Las faltas graves, por su parte, se podrán sancionar con hasta 14 días de suspensión de empleo y sueldo. Y, por último, si se consideran faltas muy graves, se podrán sancionar con hasta un mes de suspensión de empleo y sueldo, y también con el cambio temporal (hasta un año) de centro de trabajo o incluso el despido disciplinario.

Las sanciones nunca podrán consistir en la reducción de los días de vacaciones ni en multas económicas y, si hablamos de faltas muy graves, tendrán que ser comunicadas a los representantes de los trabajadores, si existen.

¿Qué cosas NO puedes hacer en el trabajo?

A continuación te contamos qué acciones no podrás llevar a cabo en tu trabajo, debido a que se pueden considerar faltas y ser sancionadas. Las más frecuentes son:

  1. Llegar tarde o salir demasiado temprano, de forma reiterada. Si sucede hasta tres veces en un mismo mes y no supera los 20 minutos, será una falta leve. Consistirá en una falta grave si el tiempo alcanza los 60 minutos, y muy grave si ocurre hasta 10 veces en 6 meses.
  2. Las faltas de asistencia injustificadas: si ocurre una vez en un mes, la falta es leve, mientras que si ocurre hasta 4 veces, podrá considerarse grave. Y, por último, será muy grave si ocurre 5 veces o más.

Respecto a las faltas leves más importantes, son las siguientes:

  1. Abandonar el puesto de trabajo por periodos breves de tiempo, pero de forma recurrente.
  2. No tratar adecuadamente al público o a los clientes y que ello tenga consecuencias negativas para la empresa.
  3. No cuidar correctamente el material, de forma que se pueda dañar.
  4. Mostrar signos de embriaguez evidentes en el trabajo.

En cuanto a las faltas que pueden considerarse graves, destacan las siguientes:

  1. Mentir u ocultar datos en el momento de la contratación, siempre que estos tuvieran repercusión en el ámbito de la Seguridad Social.
  2. Fingir una enfermedad o un accidente.
  3. Hacerse pasar por otro trabajador en lo que a los registros de entrada y salida se refiere.
  4. No obedecer órdenes directas de un superior respecto a la actividad a realizar, así como respecto a la seguridad e higiene en el puesto de trabajo.
  5. Cometer negligencias o imprudencias en el puesto de trabajo.
  6. Desvelar secretos empresariales.
  7. Dedicar el tiempo de trabajo a ocupaciones de carácter personal.
  8. Realizar ofensas a las personas durante el desarrollo de la actividad laboral.
  9. La suma de cinco faltas leves en un periodo igual o inferior a los tres meses.

Por último, las faltas muy graves, por las que un empleado puede llegar a perder su trabajo, son:

  1. Robar bienes que sean propiedad de la empresa.
  2. Fingir una enfermedad o un accidente con el objetivo de llevar a cabo otras actividades lucrativas.
  3. Implicarse en actividades que se puedan considerar competencia desleal a la empresa.
  4. El abuso de autoridad en caso de que el empleado tenga personal a su cargo.
  5. Acosar sexualmente a otras personas.
  6. Por último, se considerará una falta muy grave el hecho de haber sido sancionado dos o más veces por faltas graves en un año o periodos te tiempo inferiores.
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