Hacer unas prácticas en empresa y ser becario no son exactamente lo mismo, o al menos no a efectos legales. Esta distinción juega un papel importante en las condiciones de los trabajadores primerizos, y se deben conocer bien los detalles para distinguir un buen puesto de trabajo en prácticas, una beca o una oferta fraudulenta. ¿Son legales las prácticas no remuneradas? ¿Cuánto debe pagar la empresa? ¿Las prácticas se cotizan en la Seguridad Social? Son algunas de las dudas más extendidas sobre las prácticas en empresa que vamos a resolver.
¿Se remuneran las becas de prácticas en empresas?
Existen dos formas de acceder a unas prácticas en empresa: mediante un convenio de prácticas o beca, o mediante un contrato.
Se otorga una beca, o prácticas mediante un convenio ente la empresa y el centro de estudios (Universidad o Formación Profesional). El centro de estudios puede influir en las condiciones del trabajo (horarios, salario…). Estas prácticas pueden ser curriculares (obligatorias, forman parte del programa de estudios) o extracurriculares (opcionales).
Con el pretexto de las prácticas formativas curriculares, existe una gran oferta de prácticas no remuneradas. En el caso de que sí ofrezcan compensación económica, a menudo se considera una ayuda al transporte o dietas.
¿Cuánto se cobra en unas prácticas en empresa?
El contratos de prácticas o contrato formativo es un tipo más de contrato laboral, como el indefinidos, el temporal o el de interinidad.
Se trata de un acuerdo entre el trabajador y la empresa, sin mediación de un centro de estudios.
El trabajador en prácticas no debe sobrepasar los 30 años, y debe haber finalizado sus estudios de universidad o FP hasta 5 años antes.
El salario será al menos el 60% de lo especificado en el convenio del sector, y siempre igual o superior al salario mínimo interprofesional (900 euros al mes).
¿Cuánto se paga de Seguridad Social por un contrato en prácticas?
Desde el periodo académico 2019-2020, todas las prácticas en empresa deberán cotizarse a la Seguridad Social, igual que en el caso de los contratos de prácticas, con todos los beneficios que ello reporta.
La nueva ley sigue pendiente de desarrollo reglamentario, lo que significa que muchos detalles aún están en el aire. Hasta ahora sólo se cotizaban las prácticas remuneradas, que continuarán atendiendo a la normativa vigente. En cuanto a las prácticas no remuneradas, será la empresa o institución que acoja al becario la que pague la Seguridad Social, a no ser que el convenio de prácticas lo especifique de otra manera.
¿Hay un periodo de prueba para contratos de prácticas?
Sí. El contrato de formación durará mínimo 6 meses y máximo 2 años, con un periodo de prueba de diferente duración dependiendo del nivel de estudios:
- FP grado medio, o certificado nivel 1 o 2: 1 mes
- FP grado superior, o certificado nivel 3: 2 meses
- Título universitario: 6 meses
- https://www.iberley.es/revista/julio-2019-pendiente-desarrollo-reglamentario-seguridad-social-personas-desarrollan-programas-formacion-practicas-no-laborales-academicas-289